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Desde las elecciones de la Asamblea Local de 1994 Bartolomé González ha propuesto como Secretario General al Comité Ejecutivo al carismático Jesús Domínguez Picazo. 1.- El Secretario General del Partido será nombrado por el Comité Ejecutivo, a propuesta del Presidente, de entre los miembros elegidos para este órgano por la Asamblea General del Partido. 2.- Corresponde al Secretario General del Partido: a) La ejecución, bajo la dirección del Presidente, de los acuerdos, directrices y decisiones adoptadas por el Comité Ejecutivo de cuyas reuniones levantará Acta, que se custodiará en el Libro correspondiente, pudiendo auxiliarse para esta función de un Secretario de Actas que asistirá a las reuniones sin voz ni voto. b) La coordinación, a través de los Vicesecretarios Generales y de los Secretarios Ejecutivos, de las áreas de actividad del Partido. c) La dirección de todos los servicios del Partido y la jefatura de su personal. d) La adopción de las medidas precisas para garantizar la información adecuada a los afiliados, la comunicación entre éstos y su participación activa en la vida interna del Partido. e) Sin perjuicio de las competencias propias de los Presidentes o Portavoces del Grupo Popular en el Ayuntamiento, realizar el seguimiento de la aplicación de los programas electorales. f) Canalizar la información acerca de la actividad del Gobierno a los distintos niveles sectoriales o de distritos del Partido. 3.- Al Secretario General corresponde la suplencia ordinaria del Presidente del Partido. A su vez, las funciones y competencias del Secretario General podrán ser delegadas, temporal o permanentemente, en los Secretarios Ejecutivos. |
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